Vecinos de la comuna de Nogales ingresaron, el día de hoy, ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso, recurso de protección [Rol: 12305-2020] en contra de minera Anglo American Sur S.A. – Operación El Soldado, por experimentarse grave y arbitrariamente dañados en su integridad y dignidad como seres humanos, perturbada y amenazada su subsistencia vital y su salud, cuando dicha empresa, en conocimiento de que el país entró en estado de catástrofe sanitaria por la pandemia del coronavirus, frente a la cual la autoridad sanitaria recomienda y publicita el lavado frecuente de manos con agua corriendo y el estricto aseo de superficies y ropa, como estrategia principal y necesaria para la prevención del contagio, persevera en el uso de las aguas para procesos industriales y no toma medidas efectivas que permitan que las napas y pozos para el abastecimiento de agua de uso domiciliario recuperen su funcionalidad, medida por todos conocida como aquella que podría permitir el acceso al agua de quienes no cuentan con este vital elemento, es estos períodos excepcionales en nuestra historia como república.
Dicho recurso señala que con el actual uso de agua de parte de esta empresa, se está infringiendo los artículos 14 inciso 2º, 22 y 65 del Código de Aguas y en general, todo este cuerpo normativo legal que razona sobre la base que el uso de las aguas no puede afectar ni causar daño a la vida y salud de las personas, siendo este bien jurídico su columna central. Y se alega arbitrariedad, “ya que no parece razonable el que, no obstante que se ha declarado una catástrofe nacional, a través del instrumento presidencial correspondiente, la recurrida, en pleno y cabal conocimiento de la situación que afecta a los recurrentes no haya adoptado las medidas mínimas para asegurarles el acceso al agua” y añade que “el ejercicio de los derechos de agua que detenta la recurrida no puede en caso alguno afectar en su esencia el derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de los recurrentes, frente al claro tenor del artículo 19 Nº26 de la misma Constitución.”
Solicitan a la ilustrísima Corte de Valparaíso que “mientras se mantenga la situación sanitaria derivada de la Pandemia de Coronavirus que afecta al País, (…), y en aras de restablecer el buen funcionamiento de los servicios de agua potable a las personas afectadas, que la recurrida disminuya sus niveles de captación de agua en el sector El Melón, de la comuna de Nogales, o en su defecto en las cuencas relacionadas con la napa utilizada por el Agua Potable Rural Municipal; o en subsidio, que la recurrida misma sea quien surta con agua a los recurrentes en camiones aljibe.”